Con votos del PJ, el Senado aprobó la modificación de la Ley de Glaciares, por 40 votos a favor, 31 en contra y 1 abstención.
La Libertad Avanza contó con el apoyo de los aliados radicales, del Pro, los provinciales y también integrantes del peronismo que responden a provincias mineras. El tramo final del debate fue presenciado en uno de los palcos por Karina Milei, quien concurrió acompañada por el presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, y el ministro del Interior, Diego Santilli.
La salteña Flavia Royón fue uno de los 40 votos afirmativos junto con los Libertarios (21); los radicales Flavio Fama, Eduardo Galaretto, Mariana Juri, Carolina Losada, Silvia Schneider, Rodolfo Suárez, Mercedes Valenzuela y Eduardo Vischi; Martín Göerling del Pro; los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador de la Concordia; la tucumana Beatriz Avila; Carlos “Camau” Espínola de Provincias Unidas; y los 3 de Convicción Federal. A su vez, la catamarqueña Lucía Corpacci y el sanjuanino Sergio Uñac también votaron a favor, luego de que el bloque peronista diera libertad de acción a sus miembros.
Por la negativa, votaron 23 del interbloque Popular; los radicales Maximiliano Abad y Daniel Kroneberger; Andrea Cristina y Victoria Huala, del Pro; la chubutense Edith Terenzi; la cordobesa Alejandra Vigo, de Provincias Unidas; y José María Carambia y Natalia Gadano, de Movere por Santa Cruz.
Este proyecto que modifica a la Ley 26.639 redefine el artículo 1° para precisar el objeto de protección:
La norma fue redactada por el Consejo de Mayo y propone, además, la incorporación del principio precautorio: todo glaciar o geoforma incluido en el Inventario Nacional de Glaciares se considerará protegido hasta que la autoridad ambiental competente verifique que carece de funciones hídricas. Esa verificación dependerá exclusivamente de cada provincia, cuya información deberá ser transmitida al IANIGLA (Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales) para actualizar el inventario.
El texto faculta a las provincias a que determinen, mediante evaluación de impacto ambiental, si un proyecto implica una alteración relevante y, por lo tanto, si no puede autorizarse. Otras de las modificaciones es la exigencia de evaluación de impacto ambiental previa para toda actividad proyectada en glaciares o ambiente periglacial, y habilita evaluaciones estratégicas cuando la escala lo amerite. Se exceptúan únicamente actividades de rescate, científicas no invasivas y deportivas no motorizadas.
Por último, redefine el rol del IANIGLA, que continuará a cargo del Inventario Nacional de Glaciares, pero sujeto a un flujo permanente de información desde las provincias. El Gobierno señala que, a quince años de vigencia de la ley, solo se completó el nivel 1 del Inventario y que aún resta determinar la función hídrica efectiva de las geoformas relevadas.
F: https://www.parlamentario.com/2026/02/26/con-votos-del-pj-el-senado-aprobo-la-modificacion-de-la-ley-de-glaciares/






