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El Gobierno acepta modificacaiones a la Ley Omnibus

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El Ejecutivo acepta las reformas a la ley Bases: reduce emergencias, cantidad de empresas a privatizar y establece requerimientos puntuales para aquellas que se mantienen en el listado, entre otras cosas.

Ante los requerimientos de la oposición dialoguista ya se conoció el proyecto de ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, se pasa de 664 artículos a un proyecto de 523. Reconoce el Gobierno que el conjunto de temas que se decidió pasar a sesiones ordinarias incluye algunas sorpresas, al menos para el Ejecutivo. Por ejemplo, destaca que “el proyecto de juicio por jurados que usó el gobierno se basó en un proyecto previo de diputados de diferentes bloques como el Pro, UCR, Unión por la Patria, entre otros. El 1ro de marzo se insistirá con esta propuesta.

Se decidió transferir a sesiones ordinarias los temas de salud mental; los cambios en la ley de sociedades; la discusión sobre el traspaso de la justicia nacional a la ciudad, y tres temas de la reforma electoral (secciones uninominales, el futuro de las PASO y el régimen de partidos políticos), tambien se presentarán en el inicio de seciones

Se incorporó una formula previsional de ajuste automático de haberes por inflación, se incorporaron restricciones al blanqueo pedidos por el Poder Legislativo, se reformularon los regímenes de pesca, hidrocarburos y biocombustibles.

Finalmente, se rediseñó el capítulo de cultura, protegiendo los recursos del sector, pero preservando el objetivo de que los gastos administrativos no sean una carga excesiva sobre el sector y con rediseños institucionales en la propuesta de modernización del FNA (cuyo cierre ya no se propicia) e INCAA.

Rebovinemos, la movilidad jubilatoria, que a priori no figuraba en el texto conocido el viernes, “el Gobierno va a cumplir con el ajuste trimestral que les corresponde a todos los jubilados en marzo respetando la fórmula actual. A partir de abril, comienza una actualización automática por inflación mensual en base al último dato de inflación disponible del INDEC. Así se les garantiza a los jubilados que mantengan su poder adquisitivo”.

Por otro lado, establece la eliminación de las jubilaciones de privilegio para presidente y vicepresidente. “Se le pone fin a un privilegio de la casta en donde los presidentes accedían a una jubilación millonaria y vitalicia”, cuestiona.

Desgloce de las modificaciones más sobresalientes

  • Privatizaciones

Se eliminaba YPF del listado de 41 empresas a privatizar, para Nucleoeléctrica, Banco Nación y ARSAT se estableció que el Estado solamente puede realizar una privatización parcial, debiendo mantener el control de la empresa.

  • Economías Regionales

Se fija en 0% las retenciones para economías regionales -que originalmente se llevaban a un 15%- y se limita/elimina la facultad para aumentar los derechos de exportación, se elimina la derogación de Ley de Azúcar. El Régimen Federal de Pesca, “propicia la licitación de cuotas pesqueras y se aclara que el sistema no va a ser internacional, cuya palabra fue removida de la versión original que había generado gran confusión”. En tanto, se mantiene la obligación de descargar en puerto y de contar con tripulación argentina.

  • Hidrocarburos

Se incluye “la aclaración ‘Nacional o Provincial’, según corresponda y, “a tono con la conciliación de las facultades Nación /Provincias, se mantuvieron las facultades de la autoridad de aplicación respectiva de controlar los programas de desarrollo y compromisos de inversión”, “se conciliaron los principios de dos leyes en la materia de hidrocarburos, a fin de unificar los objetivos de la política energética nacional”. Además, de que “la exportación e importación es libre y es un derecho”, por lo que se aclaró que “puede haber una objeción por parte de la Secretaría de Energía, limitada al momento de otorgar la solicitud y por motivos técnica o económicamente en la seguridad del suministro”.

Se propone un nuevo régimen de competencia de las licitaciones públicas en función de una oferta de regalías sobre un valor base del 15% afectado por un factor “X” de exclusiva elección del oferente; y el pliego podrá prever mecanismos de ajustes de las mismas, con 10 años de plazos más extensos que los fijados por la ley, aclarándose que, en ningún caso, la concesión puede ser fijada a perpetuidad.

“De modo de reconocer a los titulares de las áreas ingresos actualizados, se modificaron los valores del canon anual por barriles, y su ajuste en función del precio del barril, se estableció un régimen de autorizaciones de transporte con libre acceso, de habilitación para el procesamiento; y se reguló la actividad de almacenaje bajo régimen de autorizaciones”, precisa.

  • Biocombustibles

Se fijó un plazo de 18 años para que las mezclas con combustibles fósiles sean producidas en instalaciones situadas en la República Argentina, utilizando materias primas nacionales.

Por otra parte, se prevé un aumento en los cortes obligatorios de bioetanol (hasta alcanzar entre 18% y 27%) y biodiésel (alcanzar en 2026 hasta 15%) y se elimina la posibilidad de libre importación de biocombustibles. En este punto, se incluyó que se propondrá al Congreso aumentos progresivos de porcentaje de mezcla o corte obligatorio.

“Se prevé un régimen único de licitaciones transparentes, de acceso público para la determinación de volúmenes y precios en el abastecimiento de biocombustibles. En este escenario de competencia, se previeron ciertas cláusulas que tienden a asegurar múltiples proveedores y equilibrar la participación de empresas grandes y PYMES. Por otra parte, se asegura un volumen de bioetanol de caña hasta 2030”, propone.

  • Bienes personales

Entre los cambios, se establece un beneficio para contribuyentes cumplidores del impuesto a los Bienes Personales y se elimina el artículo 187.

“Aquellos contribuyentes que hayan cumplido en tiempo y forma la totalidad de sus obligaciones fiscales respecto del Impuesto sobre los Bienes Personales de los períodos fiscales 2020 a 2022, inclusive, tendrán una reducción de la respectiva alícuota de dicho impuesto para los períodos fiscales 2024, 2025 y 2026”, plantea y detalla que la reducción de las alícuotas del 1,25% y del 1,5% pasarán a ser del 1% y de 1,25% respectivamente.

  • Energía

Se aclara que los beneficios previstos en el art. 75 de la ley 25.565 y la ley 27.637 (Zona Fría) estarán comprendidos en la reasignación de subsidios a realizar conforme el DNU 70/23.

Por otro lado, se incluye a las provincias en las mesas técnicas de trabajo para el diseño del modo de asignación de derechos de emisión y la implementación del modo para establecer los límites de derechos de emisión anuales.

  • Seguridad

Algo que ya había anticipado en las comisiones la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, sobre el capítulo de “organización de las manifestaciones” es que se elimina el artículo que hacía referencia a la manifestación de tres personas. Sin embargo, se agregará “pena en el Código Penal para bloqueos a comercio o industrias”.

  • Medio ambiente

Sobre legislación en materia ambiental, el Ejecutivo acepta eliminar el artículo 497 que modificaba la ley de quema y establece un plazo de 90 días para la autorización de quema; se elimina la inclusión de las zonas de categoría I y II como sujetas a proyectos de desmonte y se agrega un artículo “para garantizarle los fondos a la Ley de Bosques en 2024”; finalmente introduce cambios sobre las modificaciones a la Ley de Glaciares “para dar más claridad”.

También se incluyó la derogación de la Ley 27.604 que había modificado los artículos 22bis, ter y quater de la Ley 26.815 de Manejo del Fuego.

  • Educación

Algunos puntos de educación señalan que “se aclara que los estudios a distancia son solo para el ciclo orientado de la secundaria. A su vez, los estudios híbridos se limitan a las materias extraprogramáticas o situaciones excepcionales que impidan el desarrollo curricular normal”.

También, se eliminan las entidades gremiales del acuerdo de los aspectos laborales como el salario mínimo; y se mejoran los criterios para el financiamiento de universidades en base a comentarios y sugerencia de la oposición, entre otros.

Se introdujo un artículo a pedido de las provincias para permitir que la educación secundaria técnica pueda tener la misma duración que los secundarios orientados o hasta un año más.

  • Cultura

Respecto al capítulo cultura, se reducen las modificaciones al INCAA, se eliminan cambios en 8 artículos de la Ley 17.741 y se elimina la derogación de los artículos 22, 23, 25, 28, 30 y 41 de dicha norma.

Sobre el INCAA especifica que la asignación de recursos se mantiene, por lo que recibirá un monto indeterminado de recursos de manera automática. En tanto, el FNA “el problema de base es que gastaba en su propia gestión el 70% de los recursos que recibía de los usuarios de la cultura. En la versión actual no se propicia su cierre, sino que se exploran mecanismos para que su ecuación económica sea más favorable a la comunidad artística. Así se determina que los directores deberán ser ad-honorem y que los gastos no pueden representar más del 20% de sus ingresos”.

En tanto, el INAMU y CONABIP se restringen sus gastos a que no sean mayores al 20% de sus ingresos, sin proponer otros cambios de estructura. No modifican otros artículos de las Ley 26.801 ni de la Ley 23.351.

Se clarifica que las funciones del Instituto del Teatro serán absorbidas por la secretaria de Cultura y que los fondos para dicho sector no se verán afectados. Se vuelve a incluir el mantenimiento de la Escuela Nacional de Experimentación y Realización Cinematográfica; se mantiene el Fondo Nacional de las Artes, pero se le pone un tope de gastos generales y funcionamiento interno; y se eliminan los cambios del CONABIP, salvo lo relacionado a financiamiento.




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