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El EnReSP trataría dos proyectos sobre la facturación de Edesa

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En H7 Radial por FM Noticias 88.1, Daniel Paganetti, abogado de la Asociación de Defensa del Consumidor Protectora, habló sobre dos proyectos presentados por él en el Ente Regulador de Servicios Públicos, organismo que integra, referidos a la facturación del servicio de Edesa.
 
Tras los cuestionamientos que el titular del Ente Regulador de Servicios Públicos, Carlos Saravia, realizó en su contra por brindar servicios a una familia que reclamaba prestaciones a su obra social, el abogado aclaró que continúa en funciones en el organismo. “Siempre he pertenecido a ese lugar y lo voy a seguir haciendo. He presentado dos proyectos que tienen directamente beneficios para los usuarios”, destacó.
 
Así, explicó que el primer proyecto surgió a partir de una consulta de un consumidor respecto al pago de la factura de Edesa en la fecha que figura en la factura como “Últimos pagos en canales externos”, que es posterior al vencimiento y que no informa si se paga con intereses o no. En tal sentido, recordó que “en todos los servicios de ejecución continuada o de plazo indeterminado como la luz, agua gas y diferentes servicios, la ley obliga a los prestadores a informar al consumidor cada 30 días de la totalidad de aquellos aspectos que hacen al servicio”, esto incluye consumo, estadísticas de consumo, fecha de vencimiento, próxima factura, detalle, y demás.
 
Así, precisó que el proyecto en cuestión, en caso de ser aprobado por el directorio del Ente, busca “obligar a Edesa a que informe o por lo menos incorpore en ese cuadro de la segunda fecha, una leyenda que diga ‘con intereses’”. Además, aclaró que el tope de intereses a los servicios públicos domiciliarios está previsto también en la ley.
 
En lo que respecta al segundo proyecto, indicó que está vinculado al sector de cobranza de Edesa dado que la empresa, según señaló, “tiene una multifactura porque cobra no solamente el servicio de Edesa sino el servicio de agua, impuestos municipales y otros cargos”. “La empresa lo que hace es cobrar por otros servicios ajenos al servicio de luz y tiene, sin duda, algunas ganancias con esas cobranzas”, subrayó.
 
Y agregó: “Tiene que haber un contrato entre Edesa y Aguas del Norte por el cual Edesa le cobra todos los meses en su factura el servicio de agua (entre 60 y 80 millones de pesos al mes según estimó). Eso genera ganancias entre Edesa con la Municipalidad, con Aguas del Norte. En esos contratos, Edesa tiene unas ganancias por cobrarles el servicio y les genera alta cobrabilidad, porque si uno no paga Edesa le cortan el servicio. No puede ser que Edesa se lleve todo ese dinero que gana por mes, todos los meses, por cobrar, y que esa gran masa de dinero no impacte en servicios”.
 
“A mí criterio, esas ganancias no pueden ser separadas de la facturación, por lo tanto, tienen que ser consideradas al momento de analizarse las tarifas o los aumentos tarifarios. No es devolución de ese dinero, porque lo ganan lícitamente. Lo que, a mí criterio defendiendo el interés de los 365 mil NIS que hay en la provincia de Salta, no pueden quedar al margen, porque la empresa pide reconocimiento de tarifa de la totalidad de los costos que tienen. El Ente Regulador se los reconoce, entonces, como nosotros-desde el Ente- vamos a reconocer la totalidad de los costos del servicio y no vamos a hacer lo propio con este tipo de ingresos que tiene la empresa. Así como la empresa pide los costos, que se reconozca la tarifa, los usuarios tenemos derecho a que todas esas ganancias que tiene Edesa por cobrar esos servicios, también tengan incidencia en la tarifa”, insistió Paganetti y adelantó que el proyecto se trataría en los próximos días.
 
Por otra parte, sobre el pago de servicios, el abogado recordó que “actualmente se puede separar la factura”, aunque aclaró que “hay una resolución del Ente que al mes siguiente se vuelve a unificar”. Igualmente, indicó que “hay un artículo del Código Civil que hay que tratar de armonizar con la legislación de los servicios porque hay un artículo que rompió el combo de las ventas atadas”.
 
En este sentido, sostuvo: “El Código Civil hace prevalecer la libertad del consumidor y eso nos trae a nosotros un problema, porque la unificación de las facturas tiene una finalidad que es lograr la mayor cobrabilidad posible del servicio, de manera tal que pueda ese ingreso de cada servicio significar la sustentabilidad del mismo. A mí criterio, no se puede sostener la unificación de las facturas obligatoria”.
 
Fuente: Hora 7 radial/ FM Noticias 88.1 MHz



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