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Cuidar en Igualdad

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El Gobierno nacional presentó el proyecto de “ley Cuidar en Igualdad ” para la creación del Sistema Integral de Políticas de Cuidados de Argentina, que extiende las licencias por maternidad, paternidad, crea nuevas por adopción y modifica otras.

Se unifican los proyectos Licencias Igualitarias y Sistema Integral de Políticas de Cuidados, que se venían trabajando en el ámbito del Gobierno.

• La propuesta es con perspectiva de género.

• Se reconoce el derecho de todas las personas a recibir y brindar cuidados

• Las nuevas licencias y la extensión de las vigentes sean financiadas por la seguridad social.

En concreto, se propone extender la licencia para personas gestantes de 90 a 126 días y ampliar licencias para personas no gestantes, de 2 a 90 días.

• La iniciativa utiliza los términos “licencia para persona gestante” (reemplaza licencia por maternidad) y “licencia para persona no gestante” (reemplaza licencia por paternidad) para incluir a todas las identidades de género y composiciones familiares.

• El aumento de las licencias para personas no gestantes se prevé progresivo: a partir de la entrada en vigencia de la ley se elevará la licencia a 15 días; luego de dos años, a 30; luego de cuatro, a 45; luego de seis, a 60 días, y al cumplirse ocho años de la ley, la licencia será de 90 días.

• Además, el proyecto crea la licencia para quienes decidan adoptar.

• La licencia será de 2 a 12 días por año para quienes estén por adoptar para facilitar trámites y encuentros con niñas, niños o adolescentes en situación de adopción.

• En caso de adopción, se considera una licencia de 90 días.

• La iniciativa incluye la creación de una licencia de 2 a 6 días para cuidar o acompañar al cónyuge o conviviente que realiza técnicas de reproducción médicamente asistida, y la extiende de 3 a 10 días en el caso que tuviesen hijos e hijas menores de edad a cargo.

• Asimismo, incorpora extensiones de las licencias para hijas e hijos con discapacidad, ante nacimientos o adopciones múltiples, nacimientos prematuros o con enfermedades crónicas.

• Si se tratara de nacimientos o adopciones múltiples, la licencia se extenderá por 30 días por cada hija o hijo a partir del segundo.

• En nacimientos prematuros la licencia se ampliará a 30 días.

• En caso de nacimiento o adopción de niñas, niños o adolescentes con discapacidad o con enfermedad crónica, la licencia será de 180 días.

• El proyecto reconoce el derecho a cuidar a monotributistas, monotributistas sociales y autónomos, a través de la creación de una asignación para personas gestantes, no gestantes y por adopción.

• El monto de la asignación consistirá en el pago mensual del salario mínimo vital y móvil.

• El mismo régimen se establece para personal de casas particulares, personal temporario de trabajo agrario y para toda la Administración Pública Nacional.

• Para el personal de casas particulares, crea una asignación para personas gestantes, no gestantes y por adopción de, como mínimo, un salario mínimo vital y móvil.

• Se reconoce también el derecho a personas no gestantes y adoptantes al período de excedencia de la misma manera que se le reconoce a personas gestantes.

• Además, elimina la presunción de renuncia si el personal gestante, no gestante y adoptante no se reincorpora a su empleo luego de vencidos los plazos de licencia. El empleador deberá cursar intimación y ya no podrá asumir que la persona renunció.

• El proyecto del Ejecutivo modifica las licencias especiales previstas en la Ley de Contrato de Trabajo para ampliar el derecho a cuidar.

• Por otra parte, propone ampliar la licencia por fallecimiento de cónyuge o conviviente -esta figura se agrega- y por hijas e hijos, que pasa de 3 a 5 días, en tanto amplía la licencia por fallecimiento de hermanas y hermanos de de 1 a 3 días.

• Crea la licencia especial para cuidado por enfermedad de persona a cargo, conviviente o cónyuge, que actualmente es de 2 días, a un máximo de 20 días por año.

• También crea la licencia por violencia de género que será de hasta un máximo de 20 días por año.

• Otra novedad es que se incluyen los meses de licencia en el cálculo previsional como meses aportados.

• En los considerandos de la iniciativa se destaca que las políticas “deben asegurar la provisión, la socialización, el reconocimiento y la redistribución del trabajo de cuidado, entre el sector público, el sector privado, las familias y las organizaciones comunitarias y entre todas las identidades de género”.

• El proyecto obliga al Ministerio de Obras Públicas a destinar anualmente al menos el 8,5% de su presupuesto a la ampliación de la infraestructura pública de cuidados del país.

• Establece que el Poder Ejecutivo debe crear un registro nacional de trabajadoras y trabajadores del cuidado remunerado con el fin de facilitar la instrumentación de las políticas y también un registro de espacios comunitarios de cuidado.

• El proyecto se gestó en la Mesa Interministerial de Políticas de Cuidado que reunió a 15 organismos del Poder Ejecutivo, coordinada por el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad (MMGyD).

 




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