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La Ley de Emergencia en Discapacidad sigue a pesar del el veto de Milei

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Con dos tercios de los votos, Diputados logró la insistencia de la Ley de Emergencia en Discapacidad y rechazó el veto de Milei con 172 votos a favor, 73 en contra y 2 abstenciones.

A l lograr más de los dos tercios de los votos necesarios para rechazar el referido a la Emergencia en Discapacidad, fue el primero en tratarse en la sesión de la Cámara de Diputados, con 247 presentes, con lo cual se requerían 165 para la mayoría especial, cifra que fue superada por siete.

De esta manera, si el Senado también ratifica la norma por un mayoría de dos tercios, el veto quedará definitivamente caído y el Poder Ejecutivo deberá promulgarla, según lo establecido en el artículo 83 de la Constitución Nacional.

El tema debió ser habilitado previamente por las dos terceras partes del Cuerpo, habida cuenta de que no contaba con despacho de comisión, y fue una condición que el presidente de la Cámara, Martín Menem, dejó sentada en la reunión de Labor Parlamentaria.

El Presidente de la Comisión de Discapacidad y autor de la ley, el diputado nacional Daniel Arroyo fue conceto y manifestó: “La Ley de Emergencia en Discapacidad está fuera de la grieta porque es de pura justicia, de pura humanidad y de pura racionalidad económica”.

El proyecto que declara la emergencia en discapacidad en todo el territorio nacional hasta el 31 de diciembre de 2026, inclusive, entre sus principales puntos prevé:

  • el financiamiento adecuado y sostenible de las pensiones no contributivas por discapacidad
  • la compensación arancelaria y la actualización del valor de los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral
  • el financiamiento adecuado y sostenible del funcionamiento de la Agencia Nacional de Discapacidad
  • la actualización de la asignación mensual estímulo de acuerdo al equivalente del porcentaje del salario mínimo, vital y móvil vigente y la apertura de nuevos ingresos al Régimen Federal de Empleo Protegido para Personas con Discapacidad (Ley 26.816).

Finalmente, disponer mecanismos institucionales de diálogo y consultas estrechas con las personas con discapacidad, a través de las organizaciones que los representan y “otras medidas que acuerde el Poder Ejecutivo Nacional con el Consejo Federal de Discapacidad”.

Asimismo se faculta al Poder Ejecutivo “a otorgar una pensión inembargable a toda persona sin suficientes recursos propios, no amparada por un régimen de previsión, de 70 o más años de edad o con discapacidad que cuente con el Certificado Único de Discapacidad (CUD)”.

F: https://www.parlamentario.com/2025/08/20/con-dos-tercios-de-los-votos-diputados-logro-la-insistencia-de-la-ley-de-emergencia-en-discapacidad-y-rechazo-el-veto-de-milei/

 




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